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ESTABLECER UN PLAZO DE CIENTO OCHENTA (180) DÍAS, CONTADOS A PARTIR DE LA PROMULGACIÓN DE LA PRESENTE ORDENANZA, A FIN DE QUE LOS PROPIETARIOS DE TERRENOS BALDÍOS UBICADOS EN LA PLANTA URBANA DE CARMEN DE PATAGONES Y LOCALIDADES DEL PARTIDO, PROCEDAN A INICIAR LA CONSTRUCCIÓN DE CERCOS Y VEREDAS, SIENDO EL PLAZO DE SESENTA (60) DÍAS, Y A EFECTUAR EL DESMALEZAMIENTO Y LIMPIEZA DE LOS MISMOS