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Número 925/84
Estado NO VIG. DEROGACIÓN TÃCITA
Tipo de Norma ORDENANZA
Fecha Sanción 12/09/1984
Fecha Promulgación 25/09/1984
Lugar Publicación DIGESTO
Fecha Publicación 12/09/1984
Organo de Aplicación DIRECCION DE GOBIERNO
Sumario




MODIFÍCASE EL ARTÍCULO 11º DEL DECRETO MUNICIPAL Nº466/79 DE FECHA 19 DE SEPTIEMBRE DE 1979, EL QUEDARÁ REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:


 


-“ARTÍCULO 11º: LA ENTIDAD QUE OBTENGA AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR UNA RIFA DEBERÁ ACREDITAR EN UN PLAZO NO MENOR DE CUARENTA Y OCHO (48) HORAS ANTES DEL SORTEO, HABER EFECTUADO UN DEPÓSITO POR UNA SUMA DE DINERO IGUAL AL CINCO (5%) POR CIENTO DEL MONTO TOTAL AUTORIZADO A EMITIR EN BILLETES, EN LA CUENTA DEL FONDO BENÉFICO DE RIFAS MUNICIPALES.


QUEDAN EXCEPTUADOS DE LA OBLIGACIÓN MENCIONADA LA COOPERADORA ESCOLARES, DE HOSPITALES, DE UNIDADES SANITARIAS, DE INSTITUCIONES DE MENORES Y DE HOGARES DE ANCIANOS, Y DE LAS SOCIEDADES O  ASOCIACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS”.-


 

Expediente EXPTE.4084-259HCD/84
MODIFICA ARTICULO 11ª ORDENANZA Nª 466/79
RIFA MUNICIPAL
HOSPITALES
BOMBEROS VOLUNTARIOS
HOGARES DE ANCIANOS
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