MODIFÍCASE EL ARTÍCULO 1º DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº1293/86, EL QUE QUEDARÁ REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA:
“ARTÍCULO 1º: DECLÁRASE DE UTILIDAD PÚBLICA Y PAGO OBLIGATORIO, PARA LOS VECINOS FRENTISTAS DEL BARRIO “DOÑA SARA” DE LA LOCALIDAD DE VILLALONGA, LA OBRA DE ILUMINACIÓN POR COLUMNAS, INVOLUCRADOS EN LAS MANZANAS QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN Y EN LA TOTALIDAD DE SUS PARCELAS:
MANZANA 25.-
MANZANA 26.-
MANZANA 27.-
MANZANA 28.-
MANZANA 29.-
MANZANA 30.-
MANZANA 31.-
MANZANA 32.-“