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RATIFÍCASE LO EXPUESTO EN ARTÍCULO 2º DEL DECRETO MUNICIPAL Nº573/1/86, QUE FIJA UN PRECIO BASE DE OBRA POR METRO CUADRADO DE 16,27, PAGADEROS EN TREINTA Y SIETE (37) CUOTAS AJUSTABLES CONSECUTIVAS, REAJUSTABLES DE ACUERDO AL ÍNDICE DEL NIVEL GENERAL DE LA CONSTRUCCIÓN (I.N.D.E.C.), VALOR ÉSTE ESTABLECIDO AL 31 DE JULIO DE 1986.-