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PRORRÓGASE EL PLAZO ESTABLECIDO EN LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº1241/86, POR EL CUAL SE ESTABLECÍA COMO CONDICIÓN DE LA DONACIÓN QUE SE EFECTUABA, LA INICIACIÓN DE LAS OBRAS DE EDIFICACIÓN, EN UN PLAZO DE UN (1) AÑO, A CONTAR DE LA FECHA DE LA SANCIÓN DE LA CITADA ORDENANZA