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Número 1190/12
Estado VIGENTE
Tipo de Norma ORDENANZA
Fecha Sanción 02/05/2012
Fecha Promulgación
Lugar Publicación BOLETÃN OFICIAL MUNICIPAL
Fecha Publicación 02/05/2012
Organo de Aplicación INSPECCION GENERAL
Sumario
Estableciendo que a partir de la promulgación de la presente norma las Estaciones de Servicio y demás establecimientos que comercialicen la venta de combustibles (NAFTA) deberán exhibir en lugares visibles del interior del local, vidrieras y surtidores letreros de no menos de treinta (30) cm. de cada lado que digan: “Prohibido el expendio de nafta fraccionada a menores de 18 años”
Expediente

Expediente Nº 4084-908HCD/10, establecer medidas relativas a la utilización de combustibles naftas, sustancias psicoactivas, consumo, alucinógeno, menores de 18 años, venta, entrega, prohibida en todo el distrito de Patagones, composición química, tolueno, inhalación, efectos aditivos, afección neuronal, solventes, droga, abuso, proliferación

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