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PROHÍBASE A PARTIR DE LA PROMULGACIÓN DE LA PRESENTE LA EXHIBICIÓN EN KIOSCOS Y NEGOCIOS DEDICADOS A LA VENTA DE REVISTAS, DE TODAS AQUELLAS QUE, EN SUS PORTADAS O EN SU CONTENIDO, CONTENGA IMÁGENES QUE ATENTEN CONTRA EL PUDOR, EL DECORO O LAS BUENAS CONSTUMBRES, YA SEA POR IMÁGENES DE DESNUDOS O QUE IMPLIQUEN UNA SITUACIÓN REÑIDA CON LA MORAL