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EXÍMASE POR EL EJERCICIO 1.989- DEL PAGO DE LAS TASAS POR ALUMBRADO, BARRIDO, LIMPIEZA (CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA) Y SERVICIOS SANITARIOS- A AQUELLOS CONTRIBUYENTES JUBILADOS, PENSIONADOS Y GRUPOS FAMILIARES CARENTES DE RECURSOS ECONÓMICOS QUE ASÍ LE SOLICITAREN, A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 1.989-